APROBADO: 30° ANIVERSARIO DE LAS REFORMAS DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y DE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL
Se cumplen 30 años de las reformas de la Constitución Nacional y de la Constitución Provincial y presentamos un proyecto para que la documentación oficial del Concejo Deliberante durante 2024 lleve una leyenda alusiva. En la tercera sesión ordinaria 2024, fue aprobado por unanimidad.
Texto completo del proyecto:
Santa Rosa, 15 de diciembre de 2023
VISTO:
La Declaración por Ley Provincial 3550 al año 2024 como “Año 2024: 30 Aniversario de las reformas de la Constitución Nacional y la Constitución Provincial”;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 3550 sancionada el 21 de septiembre de 2023, se estableció que durante el año 2024 en los sitios web oficiales, toda documentación y papelería oficial de los poderes públicos del estado provincial, las distintas reparticiones centralizadas y descentralizadas, como los entes autárquicos dependientes de la administración pública provincial se utilice en el margen superior derecho la leyenda “Año 2024: 30 Aniversario de las reformas de las Constitución Nacional y la Constitución Provincial”.
Esta norma invita a las Municipalidades y Comisiones de Fomento, y a la Universidad Nacional de La Pampa a adoptar medidas similares.
A nivel nacional, con la sanción de la ley 24.309 se declaró la necesidad de la reforma parcial de la Constitución Nacional y luego, mediante la ley 24.430 se ordenó la publicación del texto oficial de la Constitución Nacional sancionada en 1853 con las reformas de los años 1860, 1866, 1898, 1957 y 1994.
La reformas más significativas fueron: la mayor participación de los ciudadanos al elegir en forma directa al Presidente y Vicepresidente de la Nación y los Senadores Naciones, reduciendo a 4 años el mandato de los dos primeros con una sola reelección y de 9 a 6 años el de los Senadores (artículos 94 y 94); la ampliación de 5 a 9 meses el período de sesiones ordinarias de las Cámaras y la simplificación del trámite para sancionar las leyes (artículos 79 a 83); el fortalecimiento de la autonomía provincial y municipal, siendo la manifestación más clara la elección del Jefe de Gobierno de la Ciudad en forma directa por el pueblo y no por el Presidente (artículos 123 y 129); la jerarquización constitucional de los organismos de control como el Defensor del Pueblo (artículo 86) y la Auditoría General de la Nación, disponiendo que su Presidente sea designado a propuesta del partido opositor con mayor cantidad de legisladores (artículo 85); la incorporación del Ministerio Público con la misión de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad (artículo 120); se ampliaron los derechos de los ciudadanos, entre ellos los derechos políticos, incluyendo la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a los cargos electivos y partidarios (art. 37); los derechos de iniciativa para presentar proyectos de ley y para participar en la consulta popular (arts. 39 y 40); el derecho a un ambiente sano (artículo 41); el derecho de los consumidores y usuarios, en protección de su salud, información adecuada y veraz y a condiciones de trato equitativo y digno (artículo 42). Asimismo la jerarquización constitucional de los derechos contenidos en los principales tratados de derechos humanos (artículo 75 inc. 22) colocó a nuestra Constitución a la vanguardia de sus similares en todo el mundo; se incorporaron la acción de amparo, el habeas corpus y el habeas data (artículo 43), incluyendo además en esa norma el secreto de las fuentes de información periodística para asegurar la libertad de prensa consagrada por los artículos 14 y 32; entre otras modificaciones.
A nivel provincial, en el mismo sentido, por Ley 1.523 sancionada por la Cámara de Diputados, en su artículo 4º, se facultó al Poder Ejecutivo a convocar a elecciones de Convencionales Constituyentes y en su artículo 2º se determinaron los puntos a modificar. Posteriormente y por decreto Nº 12 el gobernador convocó a elecciones de Convencionales Constituyentes para el 10 de abril de 1994.
Más allá de las diferentes posiciones y de acuerdo a las manifestaciones finales que se pueden leer en el diario de sesiones el Presidente de la Convención expresó “…no podría dejar de mencionar, el marco en que se desenvolvió la labor de la Convención con prescindencia del disenso, que permitió que trabajáramos en un ambiente de mutuo respeto, transitando así la senda de convivencia, que constituye la regla en nuestra provincia…”
Los temas más relevantes que se debatieron y reformaron de la constitución provincial fueron: Incorporación de artículos dentro del capítulo de Declaraciones, Derechos, Deberes y Garantías; Incorporación del concepto de región con fines, sociales, culturales económicos y financieros. (art. 4º); Todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. La provincia reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas. (art. 6º); Derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. (art. 18º); El acervo cultural, histórico, arquitectónico, arqueológico, documental y lingüístico de la Provincia es patrimonio inalienable de todos los habitantes. (art. 19º); Modificación e incorporación de otros artículos: Creación del Consejo Económico y Social como órgano de consulta y asesoramiento (art. 39º); Inclusión de inciso que asegura el pluripartidismo y la representación proporcional para la conformación de los poderes deliberativos provincial y municipal (art. 49º); Consulta Popular (art. 50º); Modificación del régimen electoral, permitiendo la reelección del gobernador y vicegobernador (art. 74º); Creación de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (art. 107º) Modificación de la cantidad de habitantes requerida para constituir un Municipio. (art. 115º); entre otras.
En un marco de debate democrático con propuestas superadoras, adaptadas a los tiempos modernos, el 6 de octubre de 1994 se sancionó la reforma a la Constitución Provincial.
El año 2024 celebraremos treinta años de la reforma tanto de nuestra Constitución Provincial, como de nuestra Carta Magna, símbolos de un acto en el que a través del consenso y el pleno funcionamiento de las reglas de la democracia, se pudieron concretar la reformas más importantes, significativas y necesarias para dicho tiempo histórico.
Por estos motivos es que creemos que reafirmamos y revalorizamos nuestra democracia conmemorando este aniversario, a través de la inclusión de la leyenda “Año 2024: 30 Aniversario de las reformas de las Constitución Nacional y la Constitución Provincial”, en todos los poderes públicos del Estado Municipal.
Por ello,
El Bloque UCR presenta el siguiente proyecto de:
DISPOSICIÓN
Artículo 1: Disponer que en los sitios web oficiales, toda documentación y papelería oficial del Concejo Deliberante, se utilice durante el año 2024 en el margen derecho superior la leyenda “Año 2024: 30 Aniversario de las reformas de las Constitución Nacional y la Constitución Provincial”.
Artículo 2: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Complido, archívese.

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