El Bloque UCR, por iniciativa de la concejal Luján Mazzucco, solicitó que se establezca como de mano única de circulación obligatoria en sentido Este - Oeste a la calle Santa Cruz entre Raúl B. Díaz y Antártida Argentina, con excepción del trayecto existente entre la calle Santiago del Estero tramo Norte y Sur, que será de doble mano de circulación
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento N.º 1597 y;
CONSIDERANDO:
Que en su artículo 36 inc. 2 establece que: “Corresponde al Concejo Deliberante dictar ordenanza referentes a : … 2) el tránsito y estacionamiento en las calles y caminos de jurisdicción municipal …”;
Que la calle Santiago del Estero cuenta con único sentido Norte a Sur y hace dos pequeños codos en la intersección de las calles Malvinas Argentinas y Santa Cruz, a raíz de la existencia de la guarnición del Ejército Argentino (ex Escuela Hogar).
Que la circulación de la calle Santiago del Estero se ve interrumpida en el cruce de la calle Malvinas Argentinas, circunstancia que tiene su origen en que la Ordenanza Nro. 6554/2021 estableció a esta última arteria como de mano única de circulación obligatoria en sentido Oeste-Este entre Antártida Argentina y Raúl B. Diaz (art. 1).
Que ello genera importantes dificultades de circulación vehicular a quienes transitan por Santiago del Estero y en especial a vecinos que viven sobre dicha arteria, por cuanto quienes bajan al toparse con la calle Malvinas Argentinas para retomar la misma deben dirigirse hasta Raúl B. Diaz, distante a dos cuadras, para luego hacerlo por Santa Cruz.
Que además y a raíz de la existencia del mencionado predio militar quienes transitan por Santiago del Estero la única arteria anterior que tiene circulación hacia Antártida Argentina está distante a tres cuadras de allí (Rio Bermejo).
Que las dificultades apuntadas hace que muchos vecinos que transitan por la calle Santiago del Estero para continuar por la misma ingresen con sentido contrario por la calle Malvinas Argentinas.
Que resulta imperioso habilitar que el trayecto de la Malvinas Argentinas necesario para retomar la calle Santiago del Estero sea de doble sentido circulación, a fin de no interrumpir el tránsito de esta última arteria.
El bloque de la Unión Cívica Radical presenta el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA:
Artículo 1: Modifíquese el artículo 1 de la Ordenanza 6554/2021 por el siguiente:
"Establécese mano única de circulación obligatoria en sentido Oeste-Este a la calle Malvinas Argentinas entre Antártida Argentina y Raúl B. Diaz , con excepción del trayecto existente entre la calle Santiago del Estero tramo Norte y Sur, que será de doble mano de circulación".
Articulo 2: Procédase a colocar las señales indicadoras de doble mano única con el correspondiente en el mencionado trayecto, dentro de los 90 días a partir de la promulgación de la presente.
Articulo 3: Comuníquese al S.I.G Sistema de Información Georreferenciado para la actualización de la base de datos correspondientes.
Articulo 4: La citada ordenanza comenzará a regir cuando se haya cumplimentado con lo establecido en el articulo 2 de la presente.
Articulo 5: De forma.

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