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RECLAMAN SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y CLOACAS PARA EL BARRIO LAS ARTES

La concejal Luján Mazzucco presentó un proyecto de comunicación solicitando la provisión del servicio de agua corriente y cloacas al barrio Las Artes.

Texto completo de los proyectos:

Agua Potable: Descarga

VISTO:

    Lo establecido por artículo 54, inciso d) de la Disposición N° 2/2000, “Reglamento interno del Concejo Deliberante” y; 

CONSIDERANDO:

    Que el Barrio “Las Artes”, ubicado al Norte de esta ciudad sobre la ruta Nacional 35, es uno de los más postergados de esta ciudad, en tanto no cuenta con agua potable, cloacas, acceso vehicular seguro, etc.

    Que los constantes reclamos realizados por los vecinos desde hace años no han tenido una respuesta a las distintas problemáticas, agravándose las consecuencias perjudiciales que ello trae aparejado a la salud y calidad de vida de los mismos.

    Que el Barrio Las Artes carece de conexión al servicio municipal de agua potable, por lo que sus habitantes deben recurrir a la utilización del agua subterránea, que en la  zona norte de esta ciudad cuenta con un alto contenido de arsénico, lo que ha sido relevado desde hace décadas por distintos estudios de especialistas en la materia (Schulz C., Lastiri N., 1992. Sobre Flúor y arsénico. El Agua en La Pampa. Revista de la Administración Provincial del Agua N° 1 y 2. Schulz C., Castro E., Mariño E., Dalmaso G., 2002. El agua potable en la provincia de La Pampa. Consecuencias por presencia de arsénico. Work Shop sobre arsénico en Aguas Subterráneas. XXXII Congreso Internacional de Hidrología Subterránea y V Congreso Latinoamericano de Aguas Subterráneas. Asociación Internacional de Hidrogeólogos y Asociación Latinoamericana de Hidrología Subterránea para el Desarrollo, Mar del Plata, 21-25 de octubre de 2002)

    Se ha dicho sobre el arsénico que “su principal vía de dispersión en el ambiente es el agua. La Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de Norteamérica, clasifica al arsénico como cancerígeno en el grupo A debido a la evidencia de sus efectos adversos sobre la salud (US EPA, 1988). El Centro Internacional de Investigaciones sobre Cáncer, un organismo de la Organización Mundial de la Salud (OMS) lo ha clasificado en el grupo I porque tiene pruebas suficientes de su carcinogenicidad para los seres humanos. En el hombre, la continua exposición al arsénico inorgánico provoca un envenenamiento crónico llamado arsenicosis, donde este elemento se acumula en el hígado, riñones, piel, pelo y uñas, eliminándose por la orina. La ingestión de dosis crecientes habitúa el organismo al veneno y lo hace más resistente, pero es un carcinógeno que se ha asociado con el cáncer de piel, de pulmón y de vejiga, así como con otras enfermedades como la hiper e hipo pigmentación de la piel, queratosis, problemas vasculares y diabetes” (Arsénico en cabello de población bajo riesgo en La Pampa, Argentina, Darío D. Mariani, Ivana Rodríguez, Vanesa A. Soma, Andrea Heck y Gabriela Dalmaso Facultad de Ciencias Exactas y Naturales – UNLPam, Libro IV Congreso del Agua).

    Que sobre las calles Sargento Ignacio García y Eva Perón se encuentra la red de agua potable de la zona norte, a escasos metros del Barrio La Artes, debiendo evaluarse si a través de la misma resulta factible suministrar el vital elemento a los vecinos.

    Que existe consenso mundial que el agua es un elemento esencial y de primera necesidad para la vida humana. El Comité para los Derechos Sociales, Económicos y Culturales, en el año 2002, mediante la Observación General N° 15 reconoció, con sólidos fundamentos, que el derecho humano al agua se halla implícito en el Pacto Internacional de Derechos Sociales, Económicos y Culturales, agregando así un nuevo derecho humano al catálogo de derechos ya expresamente reconocidos en dicho Pacto.

    Que en la reforma Constitucional de 1994, en el artículo 75 inciso 22, dispuso que los instrumentos internacionales de derechos humanos allí enumerados tienen jerarquía constitucional, entre ellos el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Además, dentro de los tratados y convenciones internacionales que gozan de jerarquía constitucional - enumerados en art. 75 inc. 22 CN- se encuentran la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer. Ambos instrumentos contienen normas expresas que obligan a los Estados a adoptar medidas para asegurar el suministro y abastecimiento, suficiente y adecuado, de agua potable y salubre a los niños y a las mujeres, en tanto que los niños y las mujeres son considerados como grupos vulnerables que, como tales, son merecedores de especial tutela.

    Que los Estados tienen la obligación básica de garantizar el acceso a la cantidad esencial mínima de agua que sea suficiente y apta para el uso personal y doméstico y asegurar el derecho de acceso al agua y las instalaciones y servicios de agua sobre una base no discriminatoria, en especial a los grupos vulnerables o marginados.

    POR ELLO, EL BLOQUE DE CONCEJALES DE LA UCR, PRESENTA EL SIGUIENTE PROYECTO DE:

COMUNICACIÓN

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal solicitando gestione las obras y trabajos necesarios a fin de asegurar la conexión a la red municipal de agua potable a los vecinos del Barrio Las Artes, garantizando así el suministro de agua suficiente y apta para el uso personal y doméstico de sus habitantes.


Cloacas: Descarga

VISTO:

    Lo establecido por artículo 54, inciso d) de la Disposición N° 2/2000, “Reglamento interno del Concejo Deliberante” y; 

CONSIDERANDO:

    Que el Barrio “Las Artes” ubicado al Norte de esta ciudad sobre la ruta Nacional 35 es uno de los más postergados de esta ciudad, en tanto no cuenta con agua potable, cloacas, acceso vehicular seguro, etc..

    Que los constantes reclamos realizados por los vecinos desde hace años no han tenido una respuesta a las distintas problemáticas, agravándose las consecuencias perjudiciales que ello trae aparejado a la salud y calidad de vida de los mismos.

    Que el Barrio Las Artes carece de conexión al servicio de cloacas, cuando la ausencia del mismo tiene una incidencia directa en distintos tipos de enfermedad,  muchas de ellas infantiles.

    Que en la intersección de las calles Sargento Ignacio García y Eva Perón se encuentra la red de líquidos cloacales de la zona norte, a escasos metros del Barrios La Artes, debiendo evaluarse si a través de la misma resulta factible suministrar el mencionado servicio a los vecinos.

    Que el acceso a servicios de agua potable y de desagües cloacales representan un eje clave de intervención en políticas de salud pública. Según estadísticas de la Organización Mundial de la Salud, la mejora de saneamiento reduce la morbilidad por diarrea en un 32%.  Los desagües por red cloacal generan externalidades positivas en barrios intervenidos reduciendo las probabilidades de contagio de enfermedades.

    POR ELLO, EL BLOQUE DE CONCEJALES DE LA UCR, PRESENTA EL SIGUIENTE PROYECTO DE:

COMUNICACIÓN

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal solicitando gestione a través de las áreas correspondientes la realización del proyecto y obras necesarias a fin de asegurar la conexión al servicio municipal de desagües cloacales a los vecinos del Barrio Las Artes.



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