Concejales del bloque UCR, a propuesta de Luján Mazzucco, presentaron un proyecto de ordenanza para establecer la obligatoriedad de publicar en el sitio web oficial del Municipio todos los llamados a licitación pública, privada y concursos de precios, con información completa y actualizada sobre cada proceso.
La iniciativa busca adecuar el régimen de contrataciones a los cambios tecnológicos, garantizando una difusión sistemática, oportuna y permanente de los llamados, pliegos, actas de apertura, informes de preadjudicación y actos administrativos vinculados, fortaleciendo la transparencia, la libre concurrencia y el control ciudadano.
Texto completo del proyecto:
VISTO:
El artículo 54, inciso a) de la Disposición N° 2/2000, “Reglamento interno del Concejo Deliberante”; y
CONSIDERANDO:
Que los importantes avances tecnológicos producidos en los últimos 30 años han provocado modificaciones sustanciales en la vida diaria, influyendo radicalmente en la comunicación, el trabajo, la educación y el comercio.
Que con la aparición de internet, las comunicaciones en sus distintas vertientes han posibilitado una mejor conectividad entre las personas, menguándose o desapareciendo medios que constituían pilares básicos de la conexión e intercambio. Así, el correo, la telefonía fija y la prensa escrita se han reducido sensiblemente, siendo cada vez menor la cantidad de personas y empresas que se comunican a través de estos medios tradicionales.
Que la telefonía móvil y los medios digitales constituyen hoy la forma esencial de comunicación, por lo que distintas normas jurídicas deben contemplar los cambios producidos.
Que en el Municipio de Santa Rosa para las contrataciones resultan aplicables la Ley N° 3 de Contabilidad, la Ley N° 38 de Obras Públicas y el Decreto Acuerdo N° 470/73 Reglamento de Contrataciones y sus modificatorias, mediante Ordenanzas de adhesión N° 2748/2001 y 6282/19.
Que dichas normas provinciales, por ser anteriores a los grandes cambios en materia de comunicación, establecen la publicidad de las licitaciones públicas a través del Boletín Oficial y en un diario.
Que si bien el Reglamento de Contrataciones permite ampliar los plazos y medios de difusión, dicha posibilidad es facultativa cuando la importancia de la Licitación Pública resulte aconsejable.
Que el Estado Provincial, además de publicitar las licitaciones públicas en el Boletín Oficial y en un diario, anuncia las licitaciones públicas y privadas en la página web de la Provincia, donde pueden visualizarse los procesos con apertura próxima, los pliegos licitatorios y los resultados (acta de apertura y acta de preadjudicación).
Que en el caso de la Municipalidad de Santa Rosa, en su web aparece como última licitación pública convocada la de fecha de apertura 08/07/2025 (Licitación 06/2025), sin información sobre su resultado y adjudicación. Asimismo, los Boletines Oficiales presentan demoras en su publicación, lo que ya ha merecido diversos reclamos de este Bloque. No obstante que se han publicado separatas del corriente año con publicaciones de licitaciones públicas, el último Boletín Oficial mensual publicado a la fecha es de octubre de 2025, el cual contiene otras publicaciones de licitaciones públicas y privadas.
Que el principio de publicidad de los actos de gobierno constituye uno de los pilares del sistema republicano consagrado por la Constitución Nacional y que, en materia de contrataciones estatales, una difusión sistemática, oportuna y permanente de la información a través de medios electrónicos garantiza que todos los actos, procedimientos y contratos sean conocidos, permitiendo la libre concurrencia, la transparencia y la fiscalización ciudadana.
Que en virtud de lo expuesto, se propone establecer la obligatoriedad de la publicidad adicional por medios electrónicos de las contrataciones de la Municipalidad de Santa Rosa.
POR LO EXPRESADO, EL BLOQUE DE CONCEJALES DE LA UCR PRESENTA EL SIGUIENTE:
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Establéese que los llamados a las licitaciones públicas, además de las publicaciones establecidas en el Boletín Oficial y en un diario, deberán publicarse en el sitio web del Municipio con siete (7) días hábiles de anticipación a la fecha de apertura.
ARTÍCULO 2º: Las publicaciones deberán realizarse en una sección de fácil acceso, en forma ordenada, y contendrán los datos establecidos en el artículo 20 del Decreto Acuerdo N° 470/73 y sus modificatorias, permitiendo visualizar y descargar el pliego licitatorio, con el contacto de la oficina para realizar consultas. En la misma página se publicará el acta de apertura, el informe de preadjudicación y todo acto administrativo que se dicte en relación al proceso licitatorio.
ARTÍCULO 3º: Establécese que en el sitio web del Municipio se publicarán las licitaciones privadas y concursos de precios con siete (7) días hábiles de anticipación a la fecha de apertura.
ARTÍCULO 4º: Las publicaciones deberán contener la totalidad de los datos requeridos por la normativa aplicable en materia de contrataciones, permitiendo visualizar y descargar la documentación necesaria para la presentación de la propuesta, con el contacto de la oficina para realizar consultas. En la misma página se publicará el acta de apertura, el informe de preadjudicación y todo acto administrativo que se dicte en relación a la contratación.
ARTÍCULO 5º: La presente Ordenanza empezará a regir a partir de los noventa (90) días de su promulgación.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.

Comentarios
Publicar un comentario