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PIDEN ACLARAR CONTRATACIONES MUNICIPALES POR MÁS DE $80 MILLONES

Concejales del bloque UCR, por iniciativa de Romina Paci, presentaron un pedido de informe para que el Departamento Ejecutivo aclare los procedimientos y el objeto de contratación vinculados a las Resoluciones N.º 829/2025 y 1004/2025, mediante las cuales se realizaron contrataciones por más de 80 millones de pesos a cuatro proveedores.

Según señalaron, las resoluciones publicadas en el Boletín Oficial municipal consignan los montos y las empresas adjudicatarias —Acord Group SRL, Fonseca Construcciones Electro SRL, Maderera Pampeana SA y HYC Tosca Sur SRL—, pero no especifican el procedimiento utilizado ni el objeto de las contrataciones, por lo que solicitan información detallada a fin de garantizar transparencia y control en la administración de los recursos públicos.

Texto completo del proyecto:

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VISTO:

    Las Resoluciones N° 829/2025 y 1004/25 publicadas los días 19 y 23 de febrero de 2026, correspondientes a los Boletines Oficiales de los meses de septiembre y octubre del año 2025, que dan cuenta de contrataciones efectuadas a las empresas ACORD GROUP S.R.L., FONSECA CONSTRUCCIONES ELECTRO S.R.L., MADERERA PAMPEANA S.A. y HYC TOSCA SUR S.R.L.; y

CONSIDERANDO:

    La Resolución N.º 829/2025, donde se adjudica a la firma ACORD GROUP S.R.L., CUIT N° 30-71455513-4, por un monto total de pesos veinticuatro millones cuatrocientos noventa y nueve mil trescientos cincuenta con cuarenta y dos centavos ($24.499.350,42), por ser único oferente y cumplir con el Pliego de Bases y Condiciones Generales.

    La Resolución N.º 1004/2025, donde se contrata a la firma FONSECA CONSTRUCCIONES ELECTRO S.R.L., CUIT N° 30-71529754-6, por un importe total de pesos treinta y seis millones seiscientos cincuenta y ocho mil setecientos nueve con setenta centavos ($36.658.709,70); se adquiere a la firma MADERERA PAMPEANA S.A., CUIT N° 30-57553380-5, por un monto total de pesos ocho millones setecientos setenta y tres mil setecientos setenta y cuatro con treinta y cinco centavos ($8.773.774,35); y se adquiere a la firma HYC TOSCA SUR S.R.L., CUIT N° 30-71560887-8, por un importe total de pesos trece millones trescientos noventa y cuatro mil setecientos ($13.394.700,00).

    Que ninguna de las contrataciones mencionadas en las Resoluciones 829/2025 y 1004/2025 hace referencia a una licitación o concurso de precios, ni al objeto específico de contratación.

    Que conforme a lo establecido por la Ley Provincial N° 3 –Régimen de Contabilidad y Organización del Control Público–, toda contratación que implique erogaciones por parte del Estado debe fundarse en principios rectores como la eficiencia, eficacia, legalidad, responsabilidad, publicidad y transparencia en la administración de los recursos públicos.

    Que asimismo, según lo dispuesto por la Ley Provincial N° 1597 –Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento–, el Concejo Deliberante tiene entre sus atribuciones esenciales ejercer el control de los actos del Departamento Ejecutivo y velar por la correcta administración de los recursos públicos, exigiendo la debida transparencia, rendición de cuentas en tiempo y forma y el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias en materia de contratación de bienes y servicios.

    Por ello,

El Bloque de la Unión Cívica Radical

proyecta la siguiente

COMUNICACIÓN:

El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo a fin de solicitar que informe el procedimiento y el objeto de contratación a los que hacen referencia las Resoluciones N° 829/2025 y 1004/2025.

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