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PROPONEN IDENTIFICAR OBLIGATORIAMENTE TODOS LOS VEHÍCULOS Y MAQUINARIAS MUNICIPALES

El bloque de la UCR, por iniciativa de la concejal Luján Mazzucco, presentó un proyecto de ordenanza para establecer la identificación obligatoria de todos los vehículos y maquinarias pertenecientes al Municipio y a sus entes descentralizados, con el objetivo de fortalecer la transparencia en el uso de los bienes públicos y facilitar el control ciudadano.

La iniciativa plantea que las unidades cuenten con señalización visible que permita su fácil reconocimiento y un número telefónico para denunciar posibles usos indebidos, promoviendo así una mejor administración del patrimonio municipal y una prestación más eficiente de los servicios comunales.

Texto completo del proyecto:

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VISTO:

    El artículo 54, inciso a) de la Disposición N° 2/2000, “Reglamento interno del Concejo Deliberante” y;

CONSIDERANDO:

    Que los vehículos municipales deben ser de exclusivo uso para los fines previstos.

  Que una de las formas de contribuir al uso normal y a la conservación de los automotores municipales es la debida identificación de su pertenencia al erario municipal.

    Que la preservación y el uso debido de los bienes del Estado permiten una mejor prestación de los servicios y una adecuada administración de los servicios comunales, lo que redunda en beneficio de los vecinos de Santa Rosa.

    Que el principio de publicidad de los actos de gobierno constituye uno de los pilares fundamentales del sistema republicano, consagrado por nuestra Constitución Nacional en sus artículos 1, 5, 14, 33, 41 y 42, y en el artículo 75, inciso 22, que incorpora con jerarquía constitucional diversos tratados internacionales (artículo 4 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, artículo 13.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y artículo 19.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos).

    Que la adopción del principio general de transparencia en el obrar de la administración ha motivado numerosas iniciativas legislativas tendientes a acortar la brecha entre representantes y representados.

    Que, en ese sentido, no solo deben establecerse normas que obliguen a los funcionarios a cumplir con la publicidad de los actos de gobierno, sino también dotar a los ciudadanos de herramientas que permitan controlar la gestión pública.

    Que corresponde adoptar medidas a fin de asegurar que los automotores municipales tengan un uso y disponibilidad exclusivos para los fines para los cuales fueron adquiridos, brindando a los vecinos la posibilidad de controlar y denunciar su utilización indebida.

    Que la Municipalidad de Santa Rosa no cuenta con la totalidad de los automotores y maquinarias de su propiedad debidamente identificados, ni se han dictado normas que establezcan mecanismos que permitan un fácil reconocimiento de las unidades municipales.

    POR LO EXPRESADO, EL BLOQUE DE CONCEJALES DE LA UCR PRESENTA EL SIGUIENTE

PROYECTO DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Establécese la obligatoriedad de identificar la totalidad de los automotores, camiones, vehículos de arrastre y maquinarias viales de propiedad del Municipio y de sus entes públicos descentralizados.

ARTÍCULO 2º: La identificación deberá realizarse en ambos laterales de los vehículos y maquinarias, conteniendo en forma visible la leyenda “Municipalidad de Santa Rosa”, el escudo de la ciudad, la dependencia a la que pertenecen y el número de la unidad asignada, de modo que resulte de fácil reconocimiento.

ARTÍCULO 3º: Establécese un plazo de noventa (90) días a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza para identificar todos los automotores, camiones, vehículos de arrastre y maquinarias viales de propiedad del Municipio y de sus entes públicos descentralizados.

ARTÍCULO 4º: Los automotores, camiones, vehículos de arrastre y maquinarias viales que adquiera la Municipalidad de Santa Rosa y sus entes públicos descentralizados con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente ordenanza no podrán prestar servicios ni utilizarse hasta tanto se proceda a su identificación en la forma establecida.

ARTÍCULO 5º: En la parte trasera de los vehículos y maquinarias municipales deberá consignarse en forma visible un número telefónico que permita a los vecinos denunciar el uso indebido de los mismos. El Departamento Ejecutivo determinará la línea telefónica y la repartición que estará a cargo de recepcionar las denuncias.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.

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