El bloque de concejales de la UCR presentó un pedido de informes para conocer en detalle las compras y contrataciones realizadas por el Municipio en el marco de la emergencia sanitaria vigente hasta 2027. Señalan que el régimen excepcional habilita procedimientos más ágiles, pero también exige mayores niveles de control y rendición.
Advierten que, pese a las obligaciones establecidas por ordenanza, no se han remitido informes específicos al Concejo Deliberante, y mencionan antecedentes de contrataciones directas que generan dudas sobre el uso de esta herramienta excepcional.
VISTO
Las Ordenanzas Nº 6986/2023 y 7187/2025; y
CONSIDERANDO
Que hasta el 10 de diciembre de 2027 rige en la ciudad de Santa Rosa la emergencia sanitaria, la cual comprende los sistemas de agua potable, desagües cloacales, desagües pluviales, escorrentía de precipitaciones, balance hídrico de napas freáticas y disposición final de residuos sólidos urbanos.
Que dicha declaración otorga celeridad y ejecutividad a los procedimientos administrativos necesarios para implementar medidas tendientes a resguardar la salud de la población.
Que las ordenanzas citadas establecen la obligación del Departamento Ejecutivo de remitir al Concejo Deliberante rendiciones de cuentas adicionales, informando los bienes de capital, de consumo y los servicios contratados en el marco de la emergencia.
Que, pese a ello, el Departamento Ejecutivo no ha remitido rendiciones específicas sobre las compras y contrataciones realizadas bajo este régimen excepcional, más allá de la información general contenida en las tardías rendiciones diarias —Ordenanza Nº 2830/2001— y de los escasos datos publicados también tardíamente en los boletines oficiales.
Que el Concejo Deliberante debe instar al cumplimiento de la normativa vigente a fin de ejercer adecuadamente su función de control, requiriendo la información correspondiente.
Que la necesidad de contar con información precisa y detallada se ve reforzada por la existencia de contrataciones realizadas bajo este régimen, entre las que pueden mencionarse:
- la contratación directa de la empresa Mori Olavarría por la suma de $33.500.000 para asesoramiento en la colocación de adoquines en la semipeatonal (Resolución N° 147/2025);
- la compra directa de una camioneta utilitaria eléctrica (Tito) a la firma Raza SRL por la suma de USD 19.200 (Resolución N° 763/2025);
- diversas contrataciones y compras directas al proveedor Mauro Andrés Bagnati (Resoluciones N° 1295/2023 y 121/2023, entre otras), quien, sin perjuicio de su actividad particular, se encontraba vinculado a la empresa Besga Agrosolar.
- la compra directa de un vehículo a la firma Génova Automotores por la suma de $30.300.000 (Resolución N° 1158/2025).
Que los antecedentes mencionados permiten advertir, prima facie, un uso abusivo de un régimen excepcional, lo que torna necesario contar con información circunstanciada sobre su aplicación.
Por ello, el Bloque de la Unión Cívica Radical proyecta la siguiente
COMUNICACIÓN:
El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo a fin de solicitar remita el detalle completo de los bienes de capital, bienes de consumo y servicios contratados en el marco de la emergencia sanitaria declarada por Ordenanza Nº 6986/2023 y prorrogada por Ordenanza Nº 7187/2025, indicando proveedores, montos, fechas, fundamentos, y toda otra información relacionada, conforme las previsiones del artículo 3° de las ordenanzas citadas.

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