El bloque de concejales de la UCR presentó un pedido de informe para que el Municipio brinde precisiones sobre millonarias contrataciones directas realizadas en el marco de la emergencia social, vinculadas a la compra de aceite y mercadería.
La iniciativa surge ante la escasa e insuficiente información publicada tardíamente en el Boletín Oficial, que no permite conocer con claridad qué se compró, en qué cantidades, a qué precio, con qué destino y por qué se eligieron proveedores de fuera de la provincia.
El objetivo es contar con datos concretos que permitan ejercer el debido control sobre el uso de los recursos públicos y evaluar contrataciones tramitadas mediante un régimen excepcional.
VISTO
Las partes resolutivas de las Resoluciones N.º 103/2026 y 106/2026, publicadas recientemente en el Boletín Oficial correspondiente al mes de febrero de 2026; y
CONSIDERANDO
Que el Municipio realiza contrataciones directas invocando la emergencia social declarada mediante ordenanza.
Que, conforme surge de la Resolución N.º 103/2026, se adquirieron en forma directa diversos productos al proveedor Gerardo Pinto, CUIT N.º 20-16593995-7, con domicilio en la localidad de Banfield, provincia de Buenos Aires, por la suma de pesos treinta y un millones cuatrocientos mil ($31.400.000).
Que la información publicada únicamente permite conocer que uno de los ítems adjudicados parcialmente corresponde a diez mil botellas de aceite, mientras que no se brinda detalle sobre el restante.
Que, mediante la misma resolución, se adjudicó otra contratación directa al proveedor Guillermo Ariel Priori, CUIT N.º 20-23925560-5, con domicilio en la localidad de Junín, provincia de Buenos Aires, por la suma de pesos ciento cuarenta millones trescientos ochenta y siete mil ($140.387.000).
Que, de acuerdo con la información disponible, esta última adquisición comprende ocho ítems correspondientes a diez mil unidades de botellas de aceite, sin otro detalle.
Que las cantidades consignadas resultan, a primera vista, considerablemente elevadas, por lo que corresponde contar con información precisa sobre las características de los productos, los precios abonados y su destino.
Que se desconocen, entre otros datos, los litros por unidad, marca, calidad y fecha de vencimiento de los productos adquiridos; el precio unitario abonado; el destino previsto; las condiciones de entrega; y los valores considerados antes de seleccionar proveedores radicados fuera de la provincia.
Que también resulta oportuno conocer si el Municipio realizó otras contrataciones, anteriores o posteriores, con los mismos proveedores.
Que, en ese sentido, la Resolución N.º 106/2026, publicada en el mismo Boletín Oficial, da cuenta de otra contratación directa con el proveedor Guillermo Ariel Priori por la suma de pesos cincuenta millones quinientos treinta y nueve mil trescientos veinte ($50.539.320), aunque solamente se indica que tuvo por objeto la adquisición de mercadería, sin brindar mayores precisiones.
Que la información publicada tardíamente en el Boletín Oficial resulta insuficiente y hace necesario que el Concejo Deliberante requiera precisiones al Departamento Ejecutivo, a fin de ejercer el debido control sobre la administración de los recursos públicos y evaluar las contrataciones realizadas, especialmente por haberse tramitado mediante un régimen excepcional fundado en la declaración de emergencia.
Por ello,
El Bloque de la Unión Cívica Radical proyecta la siguiente
COMUNICACIÓN:
El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo a fin de solicitarle que informe:
- El objeto completo de las contrataciones formalizadas mediante las Resoluciones N.º 103/2026 y 106/2026, acompañando copia íntegra de las mismas.
- La cantidad total de botellas de aceite adquiridas en cada contratación, indicando litros por unidad, marca, tipo, características y fecha de vencimiento de los productos.
- El precio unitario y total abonado por cada ítem.
- Las dependencias municipales solicitantes y los fundamentos técnicos, sociales o administrativos utilizados para determinar las cantidades adquiridas.
- El destino previsto para los productos, indicando programas, áreas o dependencias responsables de su recepción, almacenamiento, uso o distribución.
- El cronograma y las condiciones de entrega acordadas, informando las cantidades efectivamente recibidas a la fecha y los lugares donde fueron almacenadas.
- Los presupuestos, cotizaciones o relevamientos de precios considerados antes de efectuar las adjudicaciones, con identificación de los restantes proveedores consultados.
- Los motivos por los cuales se seleccionaron proveedores radicados en las localidades de Banfield y Junín, provincia de Buenos Aires, y si se solicitaron cotizaciones a proveedores de Santa Rosa o de la provincia de La Pampa.
- Si se han efectuado otras contrataciones con Gerardo Pinto o Guillermo Ariel Priori. En caso afirmativo, informar fecha, objeto, modalidad, monto y acto administrativo correspondiente a cada una de ellas.

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