Concejales de la UCR presentaron un pedido de informe para que el Municipio brinde precisiones técnicas, ambientales y presupuestarias sobre la nueva cava anunciada en el relleno sanitario. Desde el bloque señalaron que, antes de avanzar con una obra de estas características, corresponde contar con estudios ambientales, autorizaciones de los organismos competentes e información clara sobre sus impactos, controles, plazo de duración y vida útil estimada.
Además, solicitaron saber si existe un proyecto vigente de relocalización del relleno sanitario y si esta intervención implica abandonar o postergar una solución estructural para la disposición final de residuos.
También advirtieron que la decisión vuelve a exponer el abandono del Plan Estratégico como herramienta de planificación pública, pese a que allí se había previsto abordar el problema con una mirada integral, metropolitana y de largo plazo.
Texto completo del pedido de informe:
VISTO:
La información publicada por la Municipalidad de Santa Rosa respecto de la construcción de una nueva cava en el relleno sanitario; y
CONSIDERANDO:
Que el relleno sanitario atraviesa desde hace años una situación crítica vinculada al agotamiento de su vida útil, los riesgos ambientales y sanitarios, y la necesidad de avanzar hacia una solución estructural para la disposición final de los residuos sólidos urbanos.
Que el Plan Estratégico, aprobado en 2018 luego de un proceso participativo real con intervención de distintas instituciones y actores de la comunidad, estableció entre sus ideas-proyecto prioritarias la implementación de un plan de gestión integral de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patológicos del conglomerado Santa Rosa–Toay.
Que dicho Plan no sólo plantea la necesidad de mejorar el tratamiento y disposición final de los residuos, sino también de abordar el problema con una mirada integral, metropolitana y de largo plazo, contemplando la relocalización del relleno sanitario.
Que, pese a la importancia de ese antecedente y a la insistencia de los bloques opositores en el Concejo Deliberante, el Plan Estratégico no cuenta actualmente con convocatoria efectiva del Consejo Permanente ni es utilizado como base real para la toma de decisiones en temas estructurales de la ciudad.
Que si bien la actual gestión municipal ha sido crítica del Plan Estratégico aprobado y de su utilidad como herramienta de gestión, tampoco impulsó su actualización, revisión o mejora, sino que en los hechos lo abandonó, desarticulando un instrumento de planificación participativa construido con intervención de instituciones de la comunidad —entre ellas, el Gobierno Provincial y la UNLPam— y de representantes políticos, incluso del propio partido al que pertenece el actual Intendente.
Que esa falta de continuidad institucional resulta especialmente grave en materia ambiental, donde las decisiones deben responder a estudios técnicos, planificación estratégica, participación ciudadana y control público, y no únicamente a urgencias coyunturales.
Que, en 2021, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley enviado por el Ejecutivo Provincial para expropiar un predio de 33 hectáreas al oeste de la ciudad con el propósito de construir un nuevo relleno sanitario, en el marco de un proyecto provincial de gestión integral de residuos sólidos urbanos.
Que dicho proyecto generó controversia social y política por su ubicación, por la ausencia de una instancia suficiente de participación y por no haberse debatido en el marco del Plan Estratégico ni de una planificación metropolitana consensuada.
Que, pese a los anuncios efectuados oportunamente, no se conocen avances concretos respecto a la expropiación del predio ni a la relocalización del relleno sanitario.
Que, por tratarse de una intervención ambientalmente sensible, resulta imprescindible conocer si la decisión fue precedida por los estudios técnicos y ambientales correspondientes, si cuenta con autorizaciones de los organismos competentes y qué evaluación se realizó para determinar su conveniencia frente a otras alternativas posibles.
Que también corresponde conocer si la construcción de una nueva cava en el predio actual constituye una medida transitoria, o si por el contrario implica abandonar o postergar la búsqueda de un nuevo predio para la disposición final de residuos.
Que la ciudadanía y este Concejo Deliberante deben contar con información clara sobre los fundamentos técnicos, ambientales, administrativos y presupuestarios de la obra anunciada, así como sobre su plazo de ejecución, capacidad proyectada y vida útil estimada.
Que la problemática de los residuos es uno de los principales desafíos ambientales de Santa Rosa y requiere transparencia, control institucional y una planificación seria.
Por ello,
El Bloque de la Unión Cívica Radical
proyecta la siguiente
COMUNICACIÓN:
El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo a fin de que informe:
1.- Por qué se omitió dar intervención al Consejo Permanente del Plan Estratégico.
2.- Si existe actualmente un proyecto vigente de relocalización del relleno sanitario, indicando su estado de avance, ubicación prevista, organismos intervinientes, estudios realizados, gestiones efectuadas y cronograma estimado.
3.- Si la construcción de la nueva cava implica abandonar o postergar el proyecto de relocalización del relleno sanitario.
4.- Qué razones técnicas, ambientales, operativas y presupuestarias fundamentaron la decisión de construir una nueva cava dentro del predio del relleno sanitario.
5.- Qué pasos administrativos, técnicos y ambientales se llevaron adelante antes de adoptar dicha decisión, acompañando copia de los informes, dictámenes, estudios, autorizaciones y demás documentación respaldatoria.
6.- Si se realizó estudio de impacto ambiental previo a la ejecución de la nueva cava. En caso afirmativo, se solicita acompañar copia completa de dicha documentación e informar qué autoridad u organismo intervino en su evaluación y aprobación.
7.- Cuál es la vida útil estimada de la nueva cava.
8.- Cuál es el presupuesto total de la obra.
9.- Qué controles se realizarán durante la ejecución y posterior operación de la nueva cava para verificar la protección del suelo, el subsuelo, las aguas subterráneas y el ambiente en general, y si se encuentra previsto un plan de monitoreo ambiental del predio, incluyendo control de lixiviados, aguas subterráneas, gases, olores, vectores, dispersión de residuos e incendios.
10.- Qué tareas concretas comprende el saneamiento de celdas existentes anunciado por el Municipio, indicando sectores alcanzados, plazo de ejecución, metodología utilizada y destino de los residuos removidos o tratados.
ANTECEDENTES:
- https://www.santarosa.gob.ar/santa-rosa-construye-una-nueva-cava-sanitaria-para-proteger-el-suelo-y-el-acuifero/
- PIDEN INFORMES POR LA CRÍTICA SITUACIÓN DEL RELLENO SANITARIO DE SANTA ROSA
- CONCEJALES BUSCAN IMPEDIR EL ABANDONO DEL PLAN ESTRATÉGICO
- SOLICITAN REACTIVAR EL CONSEJO PERMANENTE DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SANTA ROSA
NOTAS PRESENTADAS A LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO DE LA PAMPA:
1) Sobre expropiación de predio para relocalización del relleno sanitario
Santa Rosa, 12 de julio de 2026
A la Secretaria de Ambiente y Cambio Climático
de la Provincia de La Pampa
Ing. Vanina Basso
S/D
Me dirijo a Ud., en mi carácter de concejal de la ciudad de Santa Rosa, a fin de solicitar información ambiental vinculada al estado del trámite expropiatorio del predio de treinta y tres hectáreas declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación mediante Ley N° 3398, destinado a la creación de un Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos en el marco del programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, así como a la eventual relocalización del relleno sanitario local.
Cabe recordar que el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo a la Cámara de Diputados en 2021 se fundamentaba en que “el Municipio de Santa Rosa dispone de un vertedero de disposición final cuya vida útil ha concluido, lo que dificulta una correcta gestión del importante volumen diario generado de residuos, pudiendo afectarse de esta forma la salud de las personas y al ambiente, particularmente porque el sostenido crecimiento poblacional de la ciudad ha provocado la expansión de la trama urbana hacia la zona del emplazamiento del mismo, de allí que resulta prioritario seleccionar un nuevo sitio para la construcción de un nuevo relleno”.
En ese marco, sin perjuicio de las objeciones formuladas oportunamente respecto del proceso de selección y localización de aquel predio, y teniendo en consideración lo expresado en la nota presentada en simultáneo a la presente, relacionada con la construcción de una nueva cava en el actual relleno sanitario, obra que se encuentra ejecutando el Municipio, solicito se me informe:
- Si existe algún proyecto en trámite para la construcción de un nuevo relleno sanitario o Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos en Santa Rosa.
- Cuál es el estado actual del trámite expropiatorio aprobado por Ley N° 3398, indicando si se encuentra vigente, suspendido, reformulado, descartado o sin avances administrativos.
- Si las obras llevadas a cabo por la Municipalidad de Santa Rosa en el actual relleno sanitario implican, por su magnitud o características, abandonar, postergar o reemplazar algún proyecto relacionado con la utilización de otro predio para la disposición final de residuos sólidos urbanos.
- Con qué motivo o justificación se dejaron de lado, en su caso, los fundamentos técnicos y las conclusiones arribadas por la consultora interviniente, que aconsejaban situar el predio para la disposición final de residuos sólidos urbanos en una zona alejada de la planta urbana.
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.
2) Sobre nueva cava anunciada por la Municipalidad de Santa Rosa
Santa Rosa, 12 de julio de 2026
A la Secretaria de Ambiente y Cambio Climático
de la Provincia de La Pampa
Ing. Vanina Basso
S/D
Me dirijo a Ud., en mi carácter de concejal de la ciudad de Santa Rosa, a fin de solicitar información ambiental vinculada a las obras anunciadas por el Municipio en el relleno sanitario, actualmente en ejecución, referidas a la construcción de una nueva cava de 50 metros de ancho por 450 metros de largo y 5 metros de profundidad, con una superficie total de 22.500 m² y un volumen de excavación de 112.500 m³, y al saneamiento de celdas existentes.
Teniendo en cuenta la proximidad del relleno sanitario con barrios y sectores en situación de vulnerabilidad, recurrentemente afectados por olores, humo, gases, incendios y proliferación de vectores provenientes del predio, y que la obra anunciada constituye una intervención susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes o afectar la calidad de vida de la población en forma significativa, solicito se me informe:
- Si la Secretaría se encuentra en conocimiento de las obras llevadas adelante en el relleno sanitario de Santa Rosa.
- Si la Municipalidad de Santa Rosa sujetó la obra al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, previo a su ejecución, conforme lo establecido en la Ley N° 3195, su Decreto Reglamentario N° 674/2022 y demás normativa ambiental aplicable. En su caso, solicito se indiquen datos del expediente, fecha de inicio del trámite, estado actual de las actuaciones, documentación presentada, tipo de estudio técnico ambiental exigido, organismos intervinientes, instancias de participación ciudadana realizadas o previstas, y si se requirió Plan de Gestión Ambiental, auditorías, monitoreos u otras medidas de prevención, mitigación o control, indicando asimismo si se emitió Declaración de Impacto Ambiental.
- Si la obra fue eximida total o parcialmente de alguna instancia del procedimiento ambiental. En su caso, solicito copia del acto administrativo que así lo determine.
- Si se evaluaron los impactos actuales o potenciales de la obra y del funcionamiento del relleno sanitario sobre los barrios próximos al predio, especialmente en relación con olores, humo, gases, material particulado, vectores, incendios y posibles efectos sobre la salud de la población.
- Si se realizaron inspecciones en el predio del relleno sanitario con motivo de las obras anunciadas o de la situación ambiental del lugar. En su caso, solicito se informe fecha, resultado y medidas adoptadas.
- Si, en caso de no haberse cumplido el procedimiento ambiental correspondiente, la Secretaría prevé adoptar alguna medida en el marco de sus competencias.
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.
RESPUESTA RECIBIDA EL 25/08/2026
NOTA N° 37-26
Santa Rosa, 25 AGO 2026
Sr. Diego CAMARGO
Concejal de Santa Rosa
S / D
Me dirijo a usted a los fines de dar respuesta a las presentaciones efectuadas ante esta Secretaría con fecha 13 de julio del corriente año, mediante las cuales solicita información vinculada a distintas cuestiones relacionadas con la gestión de residuos sólidos urbanos en la ciudad de Santa Rosa.
En particular, una de las presentaciones se refiere al trámite expropiatorio del predio de treinta y tres (33) hectáreas, declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación mediante Ley N° 3398, destinado a la creación de un Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos y a la eventual relocalización del actual relleno sanitario de la ciudad.
La restante presentación se encuentra vinculada a las obras anunciadas por la Municipalidad de Santa Rosa en el relleno sanitario actualmente en funcionamiento, específicamente a la construcción de una nueva cava.
En primer término, y en relación con la presentación referida al predio declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación, respecto de lo solicitado en el apartado 1, se informa que actualmente no existe proyecto en trámite ante esta Secretaría para la construcción de un nuevo relleno sanitario o Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos en la ciudad de Santa Rosa.
En relación a lo solicitado en el apartado 2 se informa que por Ley N° 3398 se declaró de utilidad pública el inmueble ubicado en la Sección II, Fracción D, Lote 11, Parcela 60, Partida 818.489, inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo la Matrícula II.14841, N.E. 22471/17, en virtud de ello se iniciaron las actuaciones judiciales caratuladas: “Fiscalía de Estado Provincia de La Pampa c/Arias Lidia G. s/ Expropiación”, Expte. N° 162650, en la cual se dictó sentencia —con fecha 29/07/2024— haciendo lugar a la demanda de expropiación interpuesta por el Estado Provincial. La misma estableció el monto indemnizatorio a favor de la Sra. Lidia Griselda Arias y Martínez la suma de cincuenta y cuatro mil doscientos treinta y tres dólares con cincuenta y dos centavos (U$S 54.233,52) y se impusieron las costas en el orden causado. Dicho monto fue, en tiempo y forma, abonado en su totalidad.
Con fecha 27/06/2023 se tomó posesión del bien inmueble y se notificó de ello a la Subsecretaría de Ambiente con fecha 04/07/2023. Actualmente, se encuentra en trámite la escritura de titularización del inmueble en favor del Estado Provincial.
Respecto de lo solicitado en el apartado 3, se informa que las obras llevadas adelante por la Municipalidad de Santa Rosa en el actual relleno sanitario no implican, por sí mismas, el abandono, postergación o sustitución de un eventual proyecto vinculado con la utilización de otro predio para la disposición final de residuos sólidos urbanos. Sin perjuicio de ello, cabe recordar que, conforme lo prescripto por el artículo 71 de la Ley N° 3195, la gestión de los residuos comprendidos en las categorías de residuos sólidos urbanos y residuos de aparatos eléctricos y electrónicos es de incumbencia y responsabilidad municipal.
En relación con lo solicitado en el apartado 4, acerca del motivo o justificación por el cual se habrían dejado de lado, en su caso, los fundamentos técnicos y las conclusiones arribadas por la consultora interviniente, que aconsejaban situar el predio para la disposición final de residuos sólidos urbanos en una zona alejada de la planta urbana, corresponde señalar que la localización del predio destinado a la creación de un Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos y a la eventual relocalización del relleno sanitario de la ciudad de Santa Rosa fue definida en el marco del procedimiento que culminó con la sanción de la Ley N° 3398, mediante la cual se declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble allí individualizado.
En tal sentido, la selección del predio respondió a la evaluación efectuada en oportunidad de impulsarse dicha iniciativa, cuyos fundamentos se encuentran expresados en el correspondiente Mensaje de Elevación y en los demás antecedentes que integraron el trámite legislativo.
Cabe señalar, asimismo, que las conclusiones y recomendaciones formuladas en estudios técnicos constituyen elementos de valoración que deben ser considerados conjuntamente con los restantes antecedentes y circunstancias involucrados en la adopción de una decisión, sin que ello implique necesariamente que tales recomendaciones deban ser receptadas en forma exclusiva o excluyente.
En segundo término, corresponde dar respuesta a la presentación vinculada con las obras anunciadas por la Municipalidad de Santa Rosa en el actual relleno sanitario.
Respecto de lo solicitado en el apartado 1, se informa que esta Secretaría tomó conocimiento de las obras referidas a partir de las presentaciones efectuadas por usted y de la información difundida públicamente a través de medios de comunicación.
En relación con lo solicitado en el apartado 2, referido a si la Municipalidad de Santa Rosa sometió la obra al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental con carácter previo a su ejecución, conforme a lo establecido por la Ley N° 3195, su Decreto Reglamentario N° 674/22 y demás normativa ambiental aplicable, se informa que dicho procedimiento no fue cumplimentado.
En consecuencia, esta Secretaría cursó una nota al Intendente de la ciudad de Santa Rosa, mediante la cual requirió la presentación del proyecto correspondiente, a fin de someterlo al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. La Municipalidad dio respuesta al requerimiento efectuado, y ante ello se dictó un acto administrativo reiterando lo ya solicitado mediante nota. Luego de recibida la documentación técnica y contando con mayor información se realizarán las inspecciones correspondientes.
En cuanto a lo solicitado en los apartados 3 y 4, referido, por un lado, a si la obra fue eximida total o parcialmente de alguna de las instancias del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental y, por otro, a si fueron evaluados los impactos actuales o potenciales derivados de la obra y del funcionamiento del relleno sanitario sobre los barrios próximos al predio —especialmente en relación con olores, humo, gases, material particulado, vectores, incendios y posibles efectos sobre la salud de la población—, se informa que esta Autoridad de Aplicación no ha dispuesto eximición alguna respecto del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental correspondiente a las obras de referencia.
Asimismo, toda vez que el proyecto no fue sometido oportunamente al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental ante esta Secretaría, no se ha efectuado, en el marco de dicho procedimiento, la evaluación de los impactos ambientales asociados específicamente a las obras anunciadas.
Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente.
Ing. Vanina Basso
Secretaria de Ambiente y Cambio Climático
Provincia de La Pampa
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