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BOLSAS PLÁSTICAS: PIDEN INFORMES SOBRE LOS CONTROLES A COMERCIOS Y EL CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA

Por iniciativa de la concejal Luján Mazzucco, el bloque de la UCR presentó un pedido de informes para conocer qué acciones realiza el Municipio para controlar el cumplimiento de la Ordenanza N° 5100/2014, que regula la entrega de bolsas de polietileno y otros materiales plásticos en comercios de Santa Rosa.

La iniciativa apunta a saber qué área aplica la normativa, si hubo campañas de concientización, capacitaciones a comerciantes, inspecciones y multas, ante la persistencia de la entrega de bolsas plásticas en distintos comercios minoristas.

Texto completo del proyecto:

VISTO

El artículo 54, incisos e) y d), de la Disposición N° 2/2000, “Reglamento Interno del Concejo Deliberante”;

Y CONSIDERANDO

Que por Ley Provincial N° 2455 se prohibió “la entrega de bolsas de materiales plásticos que no sean degradables, oxi-biodegradables, biodegradables o hidro-degradables, para transporte de la mercadería adquirida por sus clientes, cualquiera fuera, en los comercios y/o industrias de la provincia de La Pampa”.

Que en función de la prohibición dispuesta por la mencionada ley, parte de los comercios de la ciudad de Santa Rosa, principalmente supermercados, autoservicios y tiendas, dejaron de entregar a sus clientes bolsas de materiales plásticos, lo que constituyó sin lugar a dudas una medida que redujo la contaminación urbana y fomentó el consumo responsable.

Que la negativa por parte de los grandes comercios a entregar bolsas plásticas fue aceptada rápidamente por los vecinos de esta ciudad, quienes volvieron a la utilización de “la bolsa de los mandados” o “changuitos” para sus compras.

Que por Ordenanza N° 5100/2014 se reguló para la ciudad de Santa Rosa la venta y/o entrega gratuita de bolsas de polietileno y todo otro material plástico, y la utilización y entrega de las mismas por supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general.

Que pese a la prohibición y regulación dispuesta, muchos comercios minoristas de la ciudad de Santa Rosa —panaderías, fiambrerías, verdulerías, despensas, etc.— mantienen la costumbre de entregar bolsas de polietileno a sus clientes.

Que el Departamento Ejecutivo, en virtud de los incisos 4, 5, 6, 23 y 27 del artículo 67 de la Ley N° 1597, tiene el ejercicio del poder de policía, pudiendo inspeccionar y adoptar todas las medidas preventivas necesarias a fin de evitar el incumplimiento de las ordenanzas vigentes.

Que resulta necesario conocer qué acciones y medidas viene realizando el Departamento Ejecutivo en cumplimiento de la Ordenanza N° 5100/2014.

Que el principio de publicidad de los actos de gobierno y el derecho al acceso a la información pública constituyen pilares fundamentales del sistema republicano de gobierno, consagrados por nuestra Constitución Nacional en sus artículos 1, 5, 14, 33, 41 y 42, y artículo 75 inciso 22, que incorpora con jerarquía constitucional diversos tratados internacionales —artículo 4 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, artículo 13.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y artículo 19.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos—, y sustentan el derecho de los ciudadanos a saber distintos aspectos de la gestión pública.

Que, independientemente de que los concejales tienen facultades para solicitar información de manera directa al Departamento Ejecutivo sin necesidad de darle entrada al Concejo Deliberante, y que como ciudadanos santarroseños cuentan con la facultad prevista por la Ordenanza N° 3860/2009 sobre acceso a la información pública, nada de ello obsta a que se le pueda dar tratamiento deliberativo.

Por ello,

El Bloque UCR proyecta la siguiente

COMUNICACIÓN:

El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo a fin de solicitarle que informe respecto de la Ordenanza N° 5100/2014 lo siguiente:

  1. Unidad de organización que actualmente se encuentre a cargo de la aplicación de la mencionada Ordenanza.
  2. Si ha realizado campañas de difusión y/o concientización sobre la vigencia de la Ordenanza, o ha invitado o capacitado a los comercios minoristas de la ciudad de Santa Rosa sobre las exigencias de la mencionada normativa. En caso afirmativo, desarrolle los programas, campañas y medidas realizadas.
  3. Si ha efectuado inspecciones a los comercios a fin de controlar la aplicación de la Ordenanza, debiendo detallarse las actuaciones realizadas y las multas aplicadas.

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