El Bloque de la UCR exigió explicaciones formales sobre la normativa y metodología que utiliza el Municipio para calcular los cánones que se cobran por obras de extensión de redes de gas, luego de detectarse liquidaciones exorbitantes de entre 15 y 41 millones de pesos.
Advierten que estos montos encarecen de manera desproporcionada las obras y pueden terminar privando a los vecinos de acceder al servicio de gas natural.
Además, solicitan que el Ejecutivo se abstenga de efectuar cobros que no cuenten con fundamento suficiente en la normativa fiscal y tarifaria vigente.
Texto completo del proyecto:
VISTO:
La regulación del canon por ocupación y/o uso de espacio público; y
CONSIDERANDO:
Que, desde hace algunos meses, el Municipio viene efectuando liquidaciones por sumas millonarias en concepto de canon por ocupación y/o uso del espacio público vinculadas a la realización de obras de extensión de redes de gas.
Que, a modo de ejemplo, se han registrado liquidaciones de entre 15 y 20 millones de pesos correspondientes a obras de menos de mil metros lineales, así como otra superior a los 41 millones de pesos para una obra de aproximadamente tres mil metros lineales.
Que dichos importes tienen una incidencia significativa sobre el costo final de las obras y, en algunos casos, resultan superiores a los restantes conceptos que deben afrontar los vecinos para concretarlas.
Que estas liquidaciones encarecen considerablemente las obras realizadas mediante consorcios para extender las redes y permitir el acceso de nuevos usuarios al servicio público de gas natural, pudiendo incluso tornar económicamente inviable su ejecución.
Que la Ordenanza Fiscal regula el canon por ocupación y/o uso de espacios públicos y contempla como hecho imponible, entre otros supuestos, la ocupación y/o uso del subsuelo por empresas de servicios públicos mediante cañerías, estableciendo que la base imponible podrá determinarse por metro cuadrado o metro lineal.
Que la Ordenanza Tarifaria 2026 estableció, para las redes subterráneas de distribución de gas, un canon de 20 MTM por cada cien metros o fracción.
Que, posteriormente, la Ordenanza N.º 7216/2026 incorporó un concepto específico por instalación de redes subterráneas de distribución de gas, fijándolo 75 MTM por cada metro lineal o fracción, sin que resulte clara su aplicación práctica ni su legalidad.
Que, sin embargo, se han conocido liquidaciones por importantes sumas efectuadas incluso con anterioridad a la sanción de la Ordenanza N.º 7216/2026, por lo que resulta necesario conocer cuál fue la normativa aplicada para determinar dichos importes y la metodología utilizada para su cálculo.
Que también corresponde precisar si existen otros conceptos municipales incluidos en las liquidaciones con motivo de la ejecución de estas obras.
Que esta información ha sido requerida informalmente sin obtenerse hasta el momento una respuesta que permita esclarecer los criterios utilizados.
Que corresponde, en consecuencia, requerir formalmente al Departamento Ejecutivo las precisiones necesarias para ejercer las funciones de control propias de este Concejo Deliberante y evaluar la razonabilidad y legalidad de las liquidaciones efectuadas.
Por ello,
El Bloque de la Unión Cívica Radical
proyecta la siguiente
COMUNICACIÓN:
El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo a fin de solicitarle que informe:
- La normativa fiscal y tarifaria aplicada para liquidar los cánones correspondientes a obras de instalación y/o extensión de redes subterráneas de distribución de gas.
- La metodología utilizada para determinar el monto de dichas liquidaciones, precisando en cada caso el hecho imponible, la cantidad de metros computados, cantidad de MTM aplicados, valor del MTM utilizado y todo otro parámetro que integre el cálculo.
- El detalle de todos los conceptos, tasas, derechos y cánones municipales que se liquidan con motivo de la ejecución de obras de instalación o extensión de redes de gas, indicando para cada uno de ellos su fundamento normativo y forma de cálculo.
Asimismo, se solicita al Departamento Ejecutivo que se abstenga de efectuar liquidaciones vinculadas a obras de instalación o extensión de redes de gas que no cuenten con fundamento normativo suficiente en la normativa fiscal y tarifaria vigente.
PRENSA:
- https://www.planbnoticias.com.ar/index.php/2026/09/02/camargo-cuestiono-los-fuertes-aumentos-en-multas-de-construccion-y-canones-de-gas/
- https://elmonterizo.com/canon-millonario-por-obras-de-gas-el-pedido-de-la-ucr-que-puede-cambiar-tu-boleta
- Nota a Diego Camargo en FM Full
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