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CUANDO LOS ARREGLOS NO DURAN: PROPONEN LIMITAR LAS CONTRATACIONES DIRECTAS POR EMERGENCIA SANITARIA

Por iniciativa del concejal Diego Camargo, el bloque de de la UCR presentó un proyecto de ordenanza para limitar el uso reiterado de contrataciones directas por emergencia sanitaria en obras y reparaciones sobre los sistemas de agua potable y desagües cloacales.

La iniciativa apunta a un reclamo frecuente en los barrios de Santa Rosa: pérdidas de agua o cloacas que se reparan y al poco tiempo vuelven a aparecer, pozos que se tapan una y otra vez, y arreglos que no ofrecen soluciones definitivas.

El proyecto establece que las obras o reparaciones que deban ejecutarse en sectores previamente intervenidos mediante contrataciones fundadas en la emergencia sanitaria deberán tramitarse por el procedimiento ordinario de contratación que corresponda según su monto y objeto.

“No se puede seguir utilizando la emergencia sanitaria para contratar a dedo cada vez que el problema vuelve a aparecer. Es un abuso. Hay que buscar soluciones de fondo”, señalaron los concejales.


Texto completo del proyecto:

VISTO:

Las Ordenanzas N.º 6986/2023 y N.º 7187/2025 sobre emergencia sanitaria; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ordenanza N.º 6986/2023 se declaró la emergencia sanitaria en la ciudad de Santa Rosa, comprendiendo, entre otras, problemáticas vinculadas al agua potable y a los desagües cloacales, y que dicha emergencia fue prorrogada por Ordenanza N.º 7187/2025 hasta el 10 de diciembre de 2027.

Que dicha prórroga evidencia la persistencia de problemas estructurales en servicios esenciales de la ciudad y exige diferenciar con claridad las situaciones urgentes de aquellas que requieren soluciones de fondo.

Que la emergencia sanitaria no puede transformarse en un mecanismo permanente para contratar de manera directa cada vez que se repiten problemas en los mismos sectores.

Que son frecuentes los reclamos vecinales vinculados a obras o reparaciones sobre los sistemas de agua potable y desagües cloacales que, luego de ser ejecutadas, requieren nuevas intervenciones en los mismos sectores, lo que evidencia la necesidad de revisar los trabajos realizados y adoptar soluciones de fondo, en lugar de reiterar automáticamente un procedimiento excepcional.

Que resulta razonable establecer que las obras o reparaciones sobre los sistemas de agua potable o desagües cloacales que deban ejecutarse en sectores previamente intervenidos mediante contrataciones fundadas en la emergencia sanitaria tramiten por el procedimiento ordinario de contratación que corresponda según su monto y objeto.

Que el Concejo Deliberante debe promover reglas que permitan limitar el uso reiterado de la emergencia sanitaria, mejorar la planificación de las intervenciones y orientar los recursos públicos hacia soluciones eficaces y definitivas.

Por ello, el Bloque de la Unión Cívica Radical proyecta la siguiente

ORDENANZA:

Artículo 1.º.- Las obras o reparaciones sobre los sistemas de agua potable o desagües cloacales que deban ejecutarse en sectores previamente intervenidos mediante contrataciones fundadas en la emergencia sanitaria deberán tramitarse por el procedimiento ordinario de contratación que corresponda según su monto y objeto.

Artículo 2.º.- Todo expediente de contratación fundado en la emergencia sanitaria para ejecutar obras o reparaciones sobre los sistemas de agua potable o desagües cloacales deberá incorporar una certificación previa del área competente sobre la inexistencia de intervenciones en el mismo sector bajo dicho régimen.

Artículo 3.º.- A los fines de determinar la existencia de antecedentes, deberán considerarse las intervenciones realizadas bajo emergencia sanitaria desde la entrada en vigencia de la Ordenanza N.º 6986/2023.

Artículo 4.º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.


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