Por iniciativa de la concejal Luján Mazzucco, el bloque de la UCR presentó un proyecto de ordenanza para modificar el funcionamiento de la “Voz del Vecino/a”, mecanismo de participación ciudadana del Concejo Deliberante.
La iniciativa propone ampliar a 15 minutos el tiempo de exposición, permitir que los concejales formulen preguntas al finalizar la intervención —con la conformidad del expositor— y actualizar los requisitos de inscripción para contemplar expresamente las solicitudes a través de la página web del Concejo.
VISTO:
El artículo 54, inciso a), de la Disposición N.º 2/2000, “Reglamento Interno del Concejo Deliberante”; y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza N.º 4849/2013 se creó en el ámbito del Concejo Deliberante la “Voz del Vecino/a”, a fin de que los ciudadanos puedan expresar propuestas, opiniones, anhelos, sugerencias o reclamos.
Que desde su implementación han sido muchos los vecinos que han expresado sus distintas inquietudes y reclamos respecto de la ciudad, lo que pone en valor este instrumento de participación ciudadana.
Que la participación ciudadana está intrínsecamente ligada al sistema republicano de gobierno, ya que este se sustenta en el diálogo y la interacción entre la ciudadanía y los asuntos del Estado.
Que las democracias modernas combinan la democracia representativa, mediante la cual los ciudadanos eligen a sus representantes a través del voto, con la participación ciudadana, implementándose distintos mecanismos que permiten a los ciudadanos conocer e involucrarse en las decisiones públicas.
Que, entendiendo que la “Voz del Vecino/a” constituye un instrumento relevante de participación ciudadana, consideramos necesario realizar modificaciones a la ordenanza vigente, con el objetivo de ampliarlo y revitalizarlo.
Que del análisis de la legislación comparada se advierte que la Ordenanza N.º 4849/2013 otorga al vecino un tiempo de exposición exiguo y no permite una interacción entre los ciudadanos y sus representantes.
Que además corresponde adecuar el artículo 4.º a la posibilidad de solicitar el acceso a la “Voz del Vecino/a” a través de la página web del Concejo Deliberante, mecanismo que ya se encuentra en uso.
POR LO EXPRESADO, EL BLOQUE DE CONCEJALES DE LA UCR PRESENTA EL SIGUIENTE:
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1.º.- Modifícase el artículo 4.º de la Ordenanza N.º 4849/2013, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 4.º: Para acceder a la ‘Voz del Vecino/a’ se podrá formular la petición a través de la página web del Honorable Concejo Deliberante, mediante la sección creada a tal fin, o en la Mesa de Entradas del Honorable Concejo Deliberante, mediante formulario preimpreso provisto por esta, debiendo contener lo siguiente:
a) Nombre y apellido, número de documento de identidad, domicilio y teléfono o correo electrónico de la persona interesada.
b) Acreditación de su residencia en la ciudad.
c) Cuando la solicitud se realice en representación de alguna institución u organización, se adjuntarán los instrumentos que así lo acrediten o la autorización por parte de esta para ser representada, indicándose su denominación, objeto y domicilio social.
d) Breve descripción del tema de interés que será expuesto.
e) Manifestación firmada del compromiso de aceptar los términos previstos para el acceso y ejercicio de la exposición establecidos en la presente Ordenanza”.
ARTÍCULO 2.º.- Modifícase el artículo 7.º de la Ordenanza N.º 4849/2013, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 7.º: El tiempo máximo de exposición para hacer uso de la palabra será de quince (15) minutos antes del comienzo de la sesión, sin poder participar de ella. Finalizada su alocución, previa aceptación por parte del expositor, los concejales podrán formular preguntas relacionadas con el tema propuesto por el/la vecino/a”.
ARTÍCULO 3.º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido, archívese.

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