El bloque de concejales de la UCR, por iniciativa de la concejal Luján Mazzucco, reiteró la presentación de un proyecto de ordenanza para crear un sistema organizado de recolección diferenciada de ramas y residuos de jardinería en Santa Rosa. La iniciativa propone dividir la ciudad en zonas, establecer un cronograma municipal y fijar pautas claras para que los vecinos dispongan las ramas de manera ordenada, con el objetivo de evitar mini basurales, mejorar el escurrimiento del agua y prevenir problemas sanitarios.
VISTO
El artículo 54, inciso a), de la Disposición N° 2/2000, “Reglamento Interno del Concejo Deliberante”;
Y CONSIDERANDO
Que en distintos lugares de esta ciudad se observa acumulación de montículos de ramas, mayormente de podas de arbustos, enredaderas y otras plantas realizadas en el interior y frentes de los inmuebles.
Que la persistente presencia de basura en calles y veredas generada por los vecinos ocasiona inconvenientes en el tránsito, impide el escurrimiento rápido en caso de lluvias y origina problemas sanitarios, debido fundamentalmente al aumento de vectores que transmiten enfermedades.
Que resulta necesario reglamentar la recolección de aquella basura proveniente de las podas y arreglos de jardines, para evitar la formación de mini basurales y focos infecciosos, lo que resulta de vital importancia a fin de contribuir a la salubridad ambiental y la convivencia armónica con la naturaleza.
Que la presente iniciativa busca implementar un sistema de recolección de residuos de jardinería y limpieza urbana más eficiente y equitativo, fomentando la responsabilidad ciudadana y contribuyendo a una ciudad más limpia, saludable y sostenible.
Que actualmente el servicio de recolección de residuos de esta ciudad, EMHSU, recoge las ramas que son dejadas en veredas y calles, pero sin una organización ni planificación que permita una eficiente gestión y adecuada respuesta a las necesidades de los vecinos.
Que la división de la ciudad en zonas permitirá optimizar los recursos y tiempos de recolección, mientras que el cronograma establecido brindará a los vecinos la información necesaria para programar la limpieza de sus patios.
Que asimismo corresponde reglamentar la forma en que los frentistas deberán disponer de las ramas, las que deberán ser apiladas en forma ordenada y dispuestas para que puedan ser levantadas fácilmente, en bultos no superiores a los 2 metros cuadrados.
Que el servicio consistirá únicamente en recolección de ramas, enfocado en los residuos generados habitualmente por limpieza de patios y veredas, estando excluidos otros materiales como tierra, escombros y otros residuos por demoliciones y trabajos de construcción de inmuebles.
Que el establecimiento de multas para quienes incumplan con las normas tiene como objetivo disuadir conductas inadecuadas y garantizar el cumplimiento del sistema.
Que la actualización de la base de datos del Sistema de Información Georreferenciado permitirá contar con información precisa y actualizada sobre la ubicación de las zonas y los plazos de recolección.
Que el sistema aquí proyectado ha sido implementado con éxito en otros lugares, como por ejemplo la ciudad de General Pico, siendo necesario su tratamiento en este recinto debido al gran crecimiento poblacional de esta ciudad y a la necesidad de avanzar en una ciudad saludable y sustentable.
Que en el año 2024 este bloque presentó un proyecto de ordenanza en similar sentido, el que perdió estado parlamentario por no haber despertado interés en su tratamiento.
Que luego de ello acaeció la tormenta del 18 de febrero de 2026, que provocó una importante caída de árboles y ramas en la ciudad de Santa Rosa, tanto en la vía pública como en el interior de las viviendas.
Que muchos vecinos se apresuraron a sacar ramas y troncos de sus viviendas a la calle, sin ningún tipo de organización, cuando el Municipio no daba abasto para retirar las plantas y árboles caídos en la vía pública.
Que actualmente puede verse en distintos barrios muchos montículos de ramas y hojas sobre veredas y calles, lo que obviamente incide negativamente en el escurrimiento del agua pluvial, coadyuvando a las inundaciones como la ocurrida en este mes de abril.
Que los hechos han demostrado que el retiro de las ramas provenientes de las viviendas debe ser ordenado y organizado desde el Municipio, a fin de evitar inconvenientes en la vía pública, en tanto afecta a la seguridad vial, impide el escurrimiento rápido en caso de lluvias y origina problemas sanitarios.
Por lo expresado, el Bloque de Concejales de la UCR presenta el siguiente:
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Créanse seis zonas para la recolección diferenciada de residuos de jardinería y poda provenientes de los inmuebles urbanos ubicados en el ejido municipal, estando a cargo del Ente Municipal de Higiene y Salubridad Urbana (EMHSU) la delimitación geográfica de cada zona y el cronograma en que se llevará a cabo dicho servicio.
ARTÍCULO 2°.- Los frentistas podrán retirar y disponer en la vía pública, los días establecidos en el cronograma municipal, las ramas en bultos no superiores a los 2 metros cuadrados, en forma ordenada y para que puedan ser recolectadas fácilmente. Quedan excluidos del servicio de recolección la tierra, escombros y otros residuos por demoliciones y trabajos de construcción de inmuebles.
ARTÍCULO 3°.- Incorpórese como último párrafo del artículo 32, Título II, Capítulo 2, “Faltas Contra la Sanidad e Higiene”, de la Ordenanza Tarifaria vigente N° 7192/25, el siguiente texto:
“El arrojo por parte de los frentistas de aquellos residuos provenientes de podas y limpieza de patios en contravención a la ordenanza respectiva y fuera del cronograma establecido para su zona, con una multa de 50 a 2000 UF.”
ARTÍCULO 4°.- Encomiéndase al Sistema de Información Georreferenciado la digitalización de la delimitación geográfica de las zonas y el cronograma que establezca el Ente Municipal de Higiene y Salubridad Urbana (EMHSU).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.

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